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Nº 922. Jueves, 09 de septiembre de 2010
Carta de rectificación de Javier Merino



Al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, le requiero para que proceda a rectificar la supuesta información contenida en el artículo rotulado "El empresario Javier Merino paga 5 millones de euros para no ir a prisión", publicado el pasado día 9 en el diario digital, dirigido por Vd., "ExtraConfidencial.com".
Actualizado 26 julio 2010  
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extraconfidencial.com
Madrid, 15 de julio de 2010

Sr. D. Gregorio Fernández

Director
“Extra Confidencial.com”
C/Virgen del Puerto, nº3
28770 – Colmenar Viejo (Madrid)
 

Muy Sr. Mío:

Al amparo de lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Rectificación, le requiero para que proceda a rectificar la supuesta información contenida en el artículo rotulado “El empresario Javier Merino paga 5 millones de euros para no ir a prisión”, publicado el pasado día 9 en el diario digital, dirigido por Vd., “ExtraConfidencial.com”. Esta rectificación deberá publicarse con el mismo alarde editorial y sin comentarios ni apostillas, dentro del plazo previsto en la precitada Ley Orgánica, sin perjuicio de reservarme las acciones judiciales que me correspondan

La rectificación que le requiero es la siguiente:

Primero: No es cierto que yo haya pagado 5 millones de euros “para no ir a prisión”, como dice el rótulo de ese artículo, ni tampoco “cerca de cinco millones de euros ante el Juzgado de Instrucción nº46 de Madrid para asumir la responsabilidad derivada de estar imputado en un delito de abuso de información privilegiada”, como se dice en su texto. La única verdad (ignorada por el firmante de este artículo, que desde luego no la ha contrastado conmigo) es la siguiente:

No he pagado nada en relación con ningún procedimiento penal que tramite el Juzgado de Instrucción nº 46 de Madrid.
 
Tampoco he presentado ningún aval bancario en ese Juzgado.
 
Ese Juzgado de Instrucción nº 46 de Madrid no me ha requerido el pago de ninguna cantidad de dinero.
 
Ese Juzgado no ha adoptado ninguna medida cautelar, ni de carácter personal (relativa a la supuesta prisión que se dice en ese artículo), ni real (exigiendo el pago de ningún tipo de responsabilidad).

Muy al contrario, ese procedimiento ni siquiera ha comenzado materialmente, pues la primera actuación está señalada para el próximo día 18 de octubre, en que compareceré para prestar declaración.
 
Cuando comparezca ante el Magistrado titular de ese Juzgado le explicaré la realidad y legalidad de la operación cuestionada en su diario, el gravísimo error cometido (al denunciarme) por la Comisión Nacional del Mercado de Valores, y los documentos y testigos que avalan la inexistencia de delito alguno en mi conducta.


Segundo: No es cierto que yo haya conseguido ningún “millonario aval” gracias a mis contactos con el Banco portugués Espirito Santo, “el mismo que publicita a Cristiano Ronaldo”, como igualmente se dice en ese artículo mendaz. Si el firmante del mismo hubiera investigado los hechos, o hubiera contrastado conmigo los maledicentes rumores de que disponía, habría podido conocer que yo no he presentado ningún aval en el Juzgado, ni éste me lo ha pedido, ni yo a su vez lo he solicitado a ninguna entidad bancaria.


Tercero: La condición de imputado no es equivalente a condena, ni a presunción de culpabilidad. En este estatus procesal que se otorga a cualquier persona frente a la que se presente una denuncia o querella, para que pueda defenderse con Abogado, y presentar las pruebas que demuestren su inocencia. Así lo he hecho en los otros dos procedimientos judiciales que se citan en este artículo, y en los que, contra lo que allí se sugiere, no he sido condenado, y ni siquiera juzgado, no habiéndose adoptado tampoco ninguna medida cautelar contra mí. Y Vd. Comprenderá que el mero hecho de firmar un acta tributaria en disconformidad (como en la actualidad ocurre en un millón y medio de casos más en España) no es equivalente a haber cometido un delito.
 
Sin otro particular,
 
Javier Merino de la Cuesta
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